La Justicia federal de Córdoba ordenó este martes al PAMI y al programa Incluir Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, que regularicen en un plazo de 72 horas los pagos adeudados a prestadores que brindan servicios a personas con discapacidad.
La medida fue dictada por el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja, quien hizo lugar a un amparo colectivo de alcance nacional presentado por el colectivo Defendamos Córdoba junto a instituciones como Apadim, el Pequeño Cottolengo Don Orione y distintos centros terapéuticos.
La resolución tendrá vigencia durante seis meses o hasta que exista una sentencia definitiva. En ese período, el Estado nacional deberá garantizar que no haya interrupciones en terapias, tratamientos, entrega de medicamentos ni servicios esenciales para personas con discapacidad.
En el fallo, el magistrado advirtió que las «demoras crónicas» en los pagos y las interrupciones en la provisión de medicamentos configuran un «riesgo inminente» para pacientes que dependen de esas prestaciones para sostener tratamientos médicos, terapias y cuidados permanentes.
La demanda sostuvo que numerosos prestadores dejaron de cobrar en tiempo y forma, situación que puso al borde del colapso económico a instituciones que atienden a niños, adultos mayores y personas con discapacidad en todo el país.
Por ese motivo, Vaca Narvaja ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud «evitar dilaciones, suspensiones e interrupciones» en los pagos y disponer «todas las medidas necesarias» para garantizar el cumplimiento de la cautelar.
Por qué el fallo es importante
La resolución tiene un fuerte impacto porque reconoce que la demora estatal en los pagos no es un problema administrativo aislado, sino una situación que puede afectar derechos básicos vinculados a la salud, la rehabilitación y la continuidad de tratamientos.
Además, el fallo tiene alcance nacional, por lo que podría beneficiar no solo a las organizaciones que presentaron el amparo en Córdoba, sino también a miles de prestadores y pacientes de otras provincias que atraviesan dificultades similares.
Otro punto clave es que la Justicia considera que la interrupción de terapias o la falta de medicamentos puede provocar daños irreversibles en personas con discapacidad, especialmente en casos que requieren atención constante.
La cautelar también marca un límite frente a los retrasos administrativos del Estado. Aunque el Gobierno argumentó que las demoras responden a un «proceso de reordenamiento estructural» y a cambios administrativos tras el traspaso del programa Incluir Salud al ámbito del Ministerio de Salud, el juez entendió que esas razones no justifican la interrupción de prestaciones esenciales.











