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Se habilitan eventos al aire libre hasta 100 personas y en espacios cerrados hasta 20

3 diciembre, 2020 | Política

El nuevo Decreto permite la presencia de hasta 100 personas al aire libre y de hasta 20 en espacios cerrados. Incluye la realización de eventos culturales, recreativos, musicales, actos de colación de grado, reuniones empresariales, sociales y familiares, en espacios, clubes, establecimientos y lugares al aire libre en general.

El gobierno provincial publicó hoy el Decreto 1706/20 por el cual se flexibilizan eventos al aire libre y en espacios cerrados, pero aclara que las recepciones estudiantiles se habilitarán en una próxima etapa. En acuerdo con ministros, el gobernador Jorge Capitanich rubricó la normativa en línea con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 956 del Poder Ejecutivo Nacional.

La posibilidad de efectuar eventos al aire libre incluye hasta 100 personas y de hasta 20 personas en espacios cerrados con un régimen de registro en la plataforma Tu Gobierno Digital. La normativa provincial habilita la realización de eventos culturales, recreativos, musicales, actos de colación de grado, reuniones empresariales, sociales y familiares, en espacios, clubes, establecimientos y lugares al aire libre en general, bajo las condiciones descriptas. A su vez, se convoca a la responsabilidad de los intendentes e intendentas municipales para fiscalización y cualquier otra actividad que se permitan o habiliten en sus localidades.

Así, el nuevo Decreto provincial habilita el funcionamiento de lugares y establecimientos para el desarrollo de las actividades mencionadas, cuyos responsables deberán acreditar el cumplimiento estricto de los protocolos dispuestos por la autoridad sanitaria. La presente habilitación comprende además el funcionamiento de todos los rubros conexos necesarios para su desarrollo de las actividades, como proveedores de catering o gastronomía, mozos, seguridad, equipamiento y servicios de logística y transporte.

El DNU rubricado por el presidente de la Nación días pasados, establece las actividades prohibidas en el DISPO: Eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. Del mismo modo, establece que se mantienen reglas de conducta generales (tapabocas, distanciamiento, higiene), entre otras medidas.

Condiciones para realización de eventos

Para poder realizar los eventos, el decreto requiere el registro del interesado en la plataforma “Tu Gobierno Digital”, donde deberá completar datos como quiénes son los organizadores del evento –sean estas personas físicas o jurídicas-, el lugar y la fecha programada y la identificación de asistentes y/o invitados.

Además, se realizará un control estricto del cumplimiento de medidas sanitarias de prevención, el cual incluye a organizadores, propietarios del inmueble, personal de servicio, mantenimiento y desinfección de espacios, elementos de uso, instrumentos y sectores comunes.

Aquellos interesados o interesadas en realizar un evento deberán incorporar cartelería en el ingreso al salón o local, que contenga información sobre las medidas de bioseguridad.

Se deberá designar un responsable para coordinar el registro de asistentes, entrega de Declaraciones Juradas de datos, verificación de cumplimiento de medidas y se deberá limitar la concurrencia simultánea de personas en áreas comunes, implementándose varias entradas y salidas e incorporando indicadores visuales que ordenen los espacios habilitados y su ocupación.

El decreto establece que se debe desalentar el desplazamiento de público durante el desarrollo del evento. Las personas asistentes, deberán permanecer preferentemente en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitarios o gastronomía

El documento también define que el evento tendrá una extensión horaria máxima de tres horas, sin contar los tiempos de armado, preproducción y desarme. En el caso de contemplar en una misma jornada más de un evento, el plazo entre los mismos debe ser de dos horas.

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